Un acta extranjera no sirve en México hasta que está apostillada y traducida por perito oficial en México. Es la parte del expediente que más tarda y la única que no depende ni de ti ni del INM.
El acta de matrimonio o de nacimiento tiene que llegar apostillada del país que la emitió y traducida por perito oficial en México. Los documentos multiidioma no sirven: la traducción tiene que hacerla un perito reconocido en México.
Una consulta inicial sirve para saber exactamente qué te corresponde y en qué plazos. Respondemos en español, inglés y francés.
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